RECLAMOS SOA

¿Qué es?
A través de la Ley 18.412 se creó el Centro de Distribución de Reclamos del Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA) que funciona en la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay. Este seguro cubre los daños que sufren las personas como consecuencia de accidentes causados por vehículos automotores y acoplados remolcados.
A través de este Centro se asigna entidad aseguradora a aquellos siniestrados que reclaman contra un vehículo que no cuenta con SOA.
¿De quién depende?
Banco Central del Uruguay (BCU)
Superintendencia de Servicios Financieros
¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?
El trámite puede realizarse:
A través del correo electrónico [email protected]
En forma presencial.
Únicamente en Montevideo.
En el Banco Central del Uruguay.
Planta Baja – Sector Recepción.
Lunes a Viernes 12:00 a 16:00 horas.
Dirección: Diagonal Fabini 777.
Teléfono: 1967 int. 1813.
En ambos casos se deberá presentar la documentación que se detalla.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Para iniciar el trámite deberá presentar la siguiente información:
www.bcu.gub.uy/Servicios-Financieros-SSF/Documents/Seguros/SOA/formulario_soa.pdf
DOCUMENTOS EMERGENCIA MÓVIL: son los certificados emitidos por el médico que atendió al siniestrado en el lugar del accidente, el que debe contener una descripción de las consecuencias lesivas del accidente.
DOCUMENTOS INSTITUCIÓN MÉDICA: son los certificados emitidos por el médico tratante del centro de atención al cual se derivó al accidentado. El certificado deberá describir en detalle el daño causado al paciente a consecuencia del accidente. No se recibirán historias clínicas, únicamente la hoja de ingreso a la institución médica.
DOCUMENTOS SECCIONAL POLICIAL: corresponde al Parte Policial librado por el siniestro.
DOCUMENTO/S DE IDENTIDAD: de la persona que sufrió el daño personal (el siniestrado) y del representante en caso de corresponder.
DECLARACIÓN DEL ART. 6 DE LA LEY 18412: declarando que el siniestrado no se encuentra incluido en las exclusiones indicadas en dicho artículo:
Manifestación del vehículo contra el cual se reclama.
Domicilio, Teléfono y Mail de contacto del reclamante y/o de su representante.
DOCUMENTOS REPRESENTANTE LEGAL: documentación que acredite la representación legal o convencional del damnificado o sus causahabientes.
DOCUMENTOS HEREDERO/CAUSAHABIENTE: certificado de resultancias de los autos sucesorios o certificado notarial que acredite que los reclamantes son los únicos causahabientes de la víctima.
IMPORTANTE:
Si usted realiza el trámite en forma presencial, deberá presentar COPIA de la documentación detallada.
Si el trámite se realiza a través del correo electrónico, la documentación deberá remitirse adjunta en un archivo formato PDF.
¿Cómo se hace?
El Centro de Distribución de Reclamos recepciona la solicitud de reclamo.
En caso de corresponder, se realiza la asignación de entidad aseguradora emitiendo una constancia que indicará el número de reclamo y la entidad asignada.
Se remite dicha constancia, vía correo electrónico, para que la firme el siniestrado o su representante legal y sea devuelta por la misma vía al Centro de distribución.
Una vez recibia la misma, se emite la constancia firmada por un representante del Banco Central del Uruguay, la que deberá presentarse ante la entidad aseguradora asignada para realizar el trámite correspondiente.
Tener en cuenta:
Costo:
No tiene
Forma de solicitarlo:
Presencial: El trámite puede presentarlo directamente el interesado o a través de un representante legal.
Vía e-mail.
Vínculos de interés
Formulario información SOA
Normativa Asociada:
Ley 18.412
Se crea un seguro obligatorio que cubra los daños que sufran terceras personas como consecuencia de accidente causado por vehículos automotores y acoplados remolcados.